Si debido a una avería o emergencia es necesario desplazar un ciclomotor a pie, se realizará por el lado derecho de la calzada, ocupando solo el espacio estrictamente necesario y manteniéndose lo más cerca posible del borde derecho.
# 2212
¿Actúa de manera correcta el usuario que, tras sufrir una avería, camina empujando su ciclomotor por el margen derecho de la vía?
A
Sí, porque circula por la derecha.
B
No, porque debe circular por la izquierda.
C
Sí, aunque también podrá circular por la izquierda.
Explicación
En las vías fuera de poblado, el conductor de un ciclomotor debe circular por el arcén de su derecha siempre que este sea transitable y suficiente. En el supuesto de que no se den estas condiciones, se ocupará únicamente la parte imprescindible de la calzada.
# 2160
Atendiendo a la posición que ocupan en la vía, ¿circulan de manera reglamentaria los ciclomotores que se observan en la imagen?
A
No, porque ninguno usa solamente la parte imprescindible de la calzada.
B
Sí.
Explicación
Está permitido que un ciclomotor adelante a otros vehículos que circulen por el arcén (tales como ciclos, vehículos de tracción animal, especiales, de movilidad reducida o en seguimiento de ciclistas) siempre que la circulación en paralelo no se prolongue más de 15 segundos o el trayecto realizado supere los 200 metros. Una vez finalizada la maniobra, el conductor deberá reintegrarse al arcén en cuanto este resulte suficiente y practicable.
# 2201
Tras haber rebasado a un ciclista, ¿es obligatorio que la persona que conduce el ciclomotor vuelva a situarse en el arcén?
A
Sí.
B
No, porque no circulan vehículos por la calzada.
# 2185
¿En qué tipo de vías se prohíbe, con carácter general, la circulación de ciclomotores?
A
Por cualquier vía que no disponga de arcén suficiente y practicable.
B
Por autopistas y autovías.
C
Por autopistas, exclusivamente.
Explicación
Los ciclomotores tienen prohibido el tránsito por autopistas y autovías, así como por cualquier otra vía que cuente con la señalización específica de circulación prohibida para estos vehículos.
Explicación
Al circular por poblado, es obligatorio mantener una distancia de seguridad que garantice la detención del vehículo sin colisionar con el precedente en caso de una frenada repentina. En este tipo de vías, no es necesario dejar un espacio adicional para facilitar que otros conductores realicen adelantamientos.
# 2170
Al circular por una vía urbana, ¿qué separación mínima de seguridad debe mantener el conductor de un ciclomotor con respecto al vehículo que circula delante?
A
El doble de la longitud del vehículo que va delante, aproximadamente.
B
Un espacio que nos permita detener el ciclomotor sin colisionar con el vehículo que circula delante en el caso de que éste frene bruscamente.
C
Una separación mínima de 70 metros.
Explicación
Es obligatorio que los ciclomotores circulen por el arcén de su derecha si este es transitable y suficiente; en caso de que no lo sea, utilizarán la parte estrictamente necesaria de la calzada. Asimismo, si existiera una vía o un tramo de la misma destinado específicamente a los ciclomotores, estos tendrán la obligación de utilizarlo.
# 2166
En las vías situadas fuera de poblado, ¿en qué circunstancias es obligatorio que los ciclomotores utilicen el arcén para circular?
A
Sólo cuando adelanten a otros vehículos.
B
Cuando éste sea transitable y suficiente.
C
Sólo cuando vayan a ser adelantados por otro vehículo, con el fin de facilitarle la maniobra.
# 2164
En el supuesto de que un conductor de ciclomotor realice un adelantamiento circulando por el arcén, ¿qué distancia máxima tiene permitido recorrer en paralelo con el vehículo al que adelanta?
A
100 metros.
B
150 metros.
C
200 metros.
Explicación
Salvo para las bicicletas, los conductores de vehículos que circulan obligatoriamente por el arcén tienen prohibido realizar adelantamientos si la duración de la marcha en paralelo excede los 15 segundos o si el recorrido realizado de esta forma supera los 200 metros.
Explicación
Los conductores de ciclomotores tienen la obligación de circular por el arcén de su derecha siempre que sea transitable y suficiente. En caso contrario, deberán utilizar únicamente la parte imprescindible de la calzada. Como regla general, no está permitido circular en paralelo con otros vehículos que transiten por el arcén; sin embargo, los ciclomotores de dos ruedas excepcionalmente podrán circular en columna de a dos por el arcén si las condiciones lo permiten y sin invadir nunca la calzada. En la situación mostrada, su trayectoria debe situarse en el arcén o en el borde de la calzada, pero no por el centro del carril ni formando columna de a dos fuera del arcén.
# 2190
¿Se ajusta a lo establecido en la normativa de tráfico la forma en la que circulan los ciclomotores que aparecen en la imagen?
A
El que va por la derecha sí porque va por la parte imprescindible de la calzada.
B
Los dos circulan correctamente.
C
No.
# 2159
¿Le está permitido al conductor de un ciclomotor circular por un carril que ha sido reservado exclusivamente para el uso de autobuses y taxis?
A
Sí, para aumentar la fluidez del tráfico.
B
No, pues la circulación por dichos carriles está prohibida a todos los vehículos excepto a autobuses y taxis.
Explicación
Las marcas viales con las palabras BUS o TAXI señalizan que ese carril está reservado, ya sea de forma permanente o temporal, para la circulación, parada o estacionamiento de dichos vehículos de transporte. Por tanto, se prohíbe que cualquier otro vehículo ajeno a estas categorías circule, pare o estacione en el carril así señalizado.
# 2156
¿Le está permitido a un cuatriciclo ligero, como norma general, circular en paralelo con otro vehículo que esté obligado a transitar por el arcén?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Por norma general, se prohíbe que motocicletas y ciclomotores circulen en paralelo con otros vehículos de dos ruedas. No obstante, se permite excepcionalmente que los ciclomotores de dos ruedas avancen en columna de dos por el arcén, siempre que este espacio sea suficiente y transitable, y se realice sin invadir la calzada.
# 2205
Al conducir un vehículo obligado a utilizar el arcén en una vía fuera de poblado, ¿está obligado a transitar por él de forma habitual?
A
No, sólo cuando por la calzada circulen otros vehículos a los que pueda entorpecer su marcha normal.
B
Sí, cuando sea transitable y suficiente.
C
No, sólo por motivos de emergencia.
Explicación
En las vías interurbanas, el conductor de un ciclomotor debe utilizar el arcén de su derecha siempre que sea transitable y suficiente. En el supuesto de que no lo sea, ocupará únicamente la parte imprescindible de la calzada. Esta obligación rige de manera habitual, sin que sea preciso que el vehículo circule en servicio de emergencia.
Explicación
Se prohíbe detenerse o estacionar en cualquier carril reservado para bicicletas, incluso si el carril se encuentra vacío en ese momento, con el objetivo de evitar obstáculos que dificulten la libre circulación de los ciclistas.
# 2187
¿Le está permitido al conductor de un ciclomotor realizar una parada o un estacionamiento en un carril reservado para bicicletas?
A
Parar sí, pero estacionar no.
B
No.
C
Sí, pero sólo si conduzco un ciclomotor de dos ruedas.
# 2202
Si conduce un vehículo obligado a transitar por el margen derecho de una vía fuera de poblado, ¿en qué casos es necesario que lo haga por el arcén?
A
Siempre, salvo que sea insuficiente o intransitable.
B
Sólo cuando circule por autovías o autopistas.
C
Nunca, salvo que se circule a velocidad anormalmente reducida.
Explicación
En las vías interurbanas, los ciclomotores tienen la obligación de circular por el arcén de su derecha, siempre que este sea transitable y suficiente. En caso de que no se den estas condiciones, ocuparán únicamente la parte imprescindible de la calzada. Esta norma es de aplicación general y no se limita exclusivamente a situaciones en las que se circule en servicio de emergencia.
# 2182
¿Está autorizado el tránsito de ciclomotores por las vías calificadas como autopistas y autovías?
A
Sí, pero sólo por autovías.
B
Sí, pero sólo por autopistas.
C
No, está prohibido circular por ambas vías.
Explicación
El acceso de ciclomotores está restringido en autopistas y autovías, así como en cualquier otra vía que cuente con señalización expresa que prohíba la circulación de estos vehículos.
Explicación
Los ciclomotores deben circular por el arcén derecho siempre que este sea transitable y suficiente; en caso contrario, utilizarán únicamente la parte indispensable de la calzada. Asimismo, si existiese una vía o carril destinado específicamente para estos vehículos, su uso será obligatorio.
# 2162
¿Está autorizada la circulación de ciclomotores por una vía fuera de poblado que no dispone de arcén?
A
No, en ningún caso.
B
Sí, en este caso, utilizarán la parte imprescindible de la derecha de la calzada.
# 2184
Si circula por una vía urbana que dispone de dos carriles para cada sentido de la marcha, ¿qué carril o carriles tiene permitido ocupar con un ciclomotor?
A
Sólo el carril derecho.
B
El carril que más convenga a nuestro destino.
C
Ninguno, porque en poblado sólo podremos circular por vías que dispongan de un camino reservado a ciclos.
Explicación
Dentro de poblado, en aquellas calzadas de doble sentido que dispongan de dos o más carriles para cada dirección (estén o no delimitados por marcas viales), se debe circular por el carril de la derecha, a menos que exista un carril específicamente reservado para su tránsito. Asimismo, los ciclomotores tienen prohibido el acceso a autopistas y autovías, así como a cualquier otra vía que cuente con señalización expresa de prohibición de circulación para ciclomotores.
Explicación
Los ciclomotores tienen prohibido el acceso a autopistas y autovías, además de a cualquier otra vía que cuente con señalización específica de prohibición para este tipo de vehículos.
# 2181
¿Está permitida la circulación de ciclomotores cuando se trata de transitar por autopistas y autovías?
A
No, por estas vías tienen prohibido circular.
B
Sí, salvo que esté prohibido por razones de seguridad.
C
Sí, siempre que circulen por el arcén.
# 2199
Si excepcionalmente circula en paralelo con otro ciclomotor, ¿qué acción le está prohibida realizar?
A
circular a más de 20 kilómetros por hora.
B
adelantarlo.
C
invadir la calzada.
Explicación
Por norma general, se prohíbe que motocicletas y ciclomotores circulen de forma paralela a otros vehículos de dos ruedas. Únicamente se exceptúa a los ciclomotores de dos ruedas, los cuales pueden circular en columna de a dos por el arcén siempre que este sea transitable, tenga espacio suficiente y no se invada la calzada.
Explicación
Está permitida la circulación de ciclomotores por todas las vías públicas con excepción de las autopistas, autovías y vías para automóviles. En consecuencia, pueden transitar por carreteras convencionales y por vías situadas en poblado, siempre que no tengan la consideración de autopista o autovía. Al ser la travesía un tramo de carretera que transcurre por poblado, el acceso de estos vehículos está permitido.
# 2167
¿Está permitida la circulación de un ciclomotor por una vía que tenga la consideración de travesía?
A
Sí.
B
No.
# 2180
Si conduce un cuatriciclo ligero por una vía fuera de poblado, ¿por qué lugar de la misma tiene la obligación de circular?
A
Siempre por la calzada.
B
Por el arcén.
C
Por el arcén o la calzada, indistintamente.
Explicación
Queda prohibida la circulación de estos vehículos por autopistas y autovías. En aquellas vías que cuenten con un arcén transitable y suficiente, deberán circular obligatoriamente por él. De no ser así, utilizarán únicamente la parte imprescindible del margen derecho de la calzada.
# 2173
¿En qué tipo de vías no está permitida la circulación de un ciclomotor de forma general?
A
Por cualquier vía que no disponga de arcén transitable y suficiente.
B
Por autovías y autopistas.
C
Por cualquier vía fuera de poblado.
Explicación
Los conductores de ciclomotores tienen restringida la circulación por autopistas y autovías. Asimismo, les está prohibido transitar por cualquier vía que cuente con la señal R-105 (entrada prohibida a ciclomotores).
# 2168
Al circular por una calzada de sentido único en la que se encuentre una isleta, ¿por qué lado de la misma se permite el paso?
A
Por la derecha, dejando a la izquierda la isleta.
B
Por la izquierda, dejando a la derecha la isleta.
C
Por cualquiera de los dos lados.
Explicación
Al encontrarse con un refugio o isleta en la calzada, se debe circular por su lado derecho siguiendo el sentido de la marcha. No obstante, si la vía es de sentido único, está permitido rebasar estos elementos por cualquiera de los dos lados.
Explicación
De acuerdo con el Reglamento de Circulación, en aquellas intersecciones donde no exista señalización, la prioridad de paso corresponde al vehículo que se aproxime por el margen derecho, resultando obligatorio cederle el paso.
# 2206
¿Se encuentra obligado el conductor del ciclomotor a ceder la prioridad de paso al turismo amarillo en esta situación?
A
Sí, porque en las glorietas siempre tienen preferencia los vehículos de motor.
B
No, porque tiene preferencia de paso.
C
Sí, y además debe detenerse.
# 2188
¿Tienen permitida la entrada y la circulación los ciclomotores tanto en autopistas como en autovías?
A
Por autovías sí, pero por autopistas está prohibido.
B
No, está prohibido circular por ambas vías.
C
Por autopistas sí, pero por autovías está prohibido.
Explicación
La circulación de ciclomotores está prohibida en autopistas y autovías, así como en todas aquellas vías que cuenten con una señalización específica que restrinja su paso.
Explicación
Como norma general, los vehículos a motor disponen de prioridad de paso frente a los animales al circular por la calzada de una vía pública. No obstante, los animales tendrán preferencia en las cañadas que estén correctamente señalizadas y cuando, al realizar un vehículo un giro para entrar en otra vía, se encuentren animales cruzándola.
# 2183
¿Se debe otorgar prioridad de paso a los animales frente a los conductores cuando estos circulan por una cañada debidamente señalizada?
A
No.
B
Sí.
Explicación
Siempre que el arcén de su derecha sea transitable y suficiente, los ciclomotores tienen la obligación de circular por él. No obstante, si dicho arcén fuera demasiado estrecho, utilizarán únicamente la parte mínima indispensable de la calzada, manteniéndose siempre lo más cerca posible del borde derecho de la vía.
# 2197
En una situación en la que el arcén de una carretera resulte insuficiente debido a su estrechez, ¿está permitido que un ciclomotor circule por la calzada?
A
Sí, pero en este caso, circularé a más de 60 kilómetros por hora.
B
Sí, pero lo más arrimado posible a su borde derecho.
C
No, porque está prohibido.
Explicación
Al circular en ciclomotor por una vía convencional, es obligatorio utilizar el arcén de la derecha siempre que resulte transitable y suficiente. Solo en el supuesto de que no lo sea, se podrá ocupar la parte mínima imprescindible de la calzada. Por este motivo, la posición es incorrecta, ya que el conductor debe transitar por el arcén y no por la calzada como se observa.
# 2207
¿Se ajusta a la normativa de circulación la posición que ocupa este vehículo sobre la calzada?
A
Sí.
B
No.
Explicación
La circulación de ciclomotores no está permitida en autopistas ni autovías, como tampoco en aquellas vías que cuenten con una señal de prohibición específica para este tipo de vehículos.
# 2189
Atendiendo a la norma general, ¿está permitido el tránsito de un ciclomotor por una autovía?
A
Sí.
B
No.
# 2186
Si conduce un ciclomotor de tres ruedas por una carretera convencional, ¿qué lugar de la vía debe ocupar para circular de forma reglamentaria?
A
Siempre por el arcén.
B
Por el arcén, siempre que sea transitable y suficiente.
C
Siempre por la derecha de la calzada, exista o no arcén.
Explicación
Los conductores de ciclomotores deben transitar por el arcén de su derecha siempre que este sea transitable y suficiente. En caso de no serlo, ocuparán el espacio mínimo necesario de la calzada. Asimismo, si existiera una vía o un carril reservado específicamente para su circulación, estarán obligados a utilizarlo.
# 2175
Al conducir un ciclomotor de tres ruedas por una vía fuera de poblado que cuenta con un arcén transitable y suficiente, ¿existe la obligación de circular por dicho arcén?
A
No, porque sólo están obligados a circular por el arcén los ciclomotores de dos ruedas.
B
Sí, siempre.
C
Sólo si circulan otros vehículos a los que pueda entorpecer la marcha.
Explicación
Están obligados a transitar por el arcén los vehículos de tracción animal, los vehículos especiales con una masa máxima autorizada que no exceda los 3.500 kilogramos, las bicicletas, los ciclomotores (de dos, tres ruedas y cuadriciclos ligeros) y los vehículos que realicen funciones de seguimiento a ciclistas.